(ARTICULO VIGENTE DESDE LA APROBACION DEL PG-3 HASTA LA PUBLICACION DE LA O.M. DE 27-12-99 (BOE 22-1-00) QUE LO SUPRIME)
Cal hidráulica es el conglomerante, pulverulento y parcialmente hidratado, que se obtiene calcinando calizas, que contienen sílice y alúmina, a una temperatura casi de fusión para que se forme el óxido cálcico libre necesario para permitir su hidratación y, al mismo tiempo, deje cierta cantidad de silicatos de calcio anhidros que den al conglomerante sus propiedades hidráulicas.
Las cales hidráulicas, después de amasadas con agua, se endurecen al aire, y también en agua, siendo esta última propiedad la que las caracteriza.
Si el contenido de óxido magnésico no es mayor del cinco por ciento (5 %) sobre muestra calcinada, se denomina cal hidráulica de bajo contenido de magnesia, y si es mayor del cinco por ciento (5 %), cal hidráulica de alto contenido de magnesia o cal hidráulica dolomítica.
Las cales hidráulicas pueden ser de los tres tipos siguientes:
El Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares definirá el tipo de cal hidráulica que deberá utilizarse en cada caso.
El contenido en anhídrido, silícico soluble y óxidos alumínico y férrico (SiO2 + Al2O2 + Fe2O3) deberá ser, como mínimo:
El contenido en anhídrido carbónico será inferior al cinco por ciento (5 %) para los tres (3) tipos de cal hidráulica.
Los análisis químicos de las cales hidráulicas se efectuarán de acuerdo con las normas UNE 7094, UNE 7095, UNE 7096, UNE 7097, UNE 7098 y UNE 7099.
Al tamizar por vía seca, los rechazos acumulados máximos, referidos al peso seco, sobre los tamices que se indican, serán los que se señalan a continuación:
| TIPO DE CAL | TAMIZ 0,20 UNE | TAMIZ 0,080 UNE |
| I | 5 % | 20 % |
| II | 10 % | - |
| III | 10 % | - |
La finura de molido se determinará de acuerdo con la norma UNE 7190.
El fraguado de cualquiera de los tres (3) tipos de cal hidráulica no deberá comenzar antes de dos horas (2 h) ni terminar después de cuarenta y ocho horas (48 h) de su amasado.
El tiempo de fraguado se determinará de acuerdo con la norma UNE 7188.
La resistencia a compresión será, como mínimo:
La resistencia a compresión se determinará de acuerdo con la Norma UNE 7189.
El producto será expedido en envases adecuados para que no sufra alteración. En el envase constará el tipo y peso de la cal contenida.
Deberá rechazarse si, en el momento de abrir el recipiente que lo contenga aparece en estado grumoso o aglomerado.
La medición y abono de este material se realizará de acuerdo con lo indicado en la unidad de obra de que forme parte.
En acopios la cal hidráulica se medirá por toneladas (t) realmente acopiadas