(REDACCION VIGENTE DESDE LA APROBACION DEL PG-3 HASTA LA ENTRADA EN VIGOR DE LA O.M. DE 13-2-02 QUE DEROGA EL ARTICULO)
Se define como acero moldeado, el de cualquier clase que recibe forma vertiéndolo en un molde adecuado cuando el metal está todavía líquido.
Las piezas de acero moldeado utilizadas en estructuras metálicas se fabricarán con cualquiera de los tipos y grados definidos en la Tabla 253.1.
El acero moldeado será de constitución uniforme, de grano fino y homogéneo, sin poros; y no presentará grietas ni defecto alguno debido a impurezas.
TABLA 253.1
| Designación
según la Norma UNE 36.009 |
Ensayo de tracción | Resiliencia (1) |
Doblado
a 180º Diámetro de mandril (2) |
Dureza Brinell (3) |
||||||
| Numérica | Simbólica | Rc máximo | R máximo | A Lo=5d % |
KCU kgfm/cm2 |
|||||
| Tipo | Grado | kgf/mm2 | N/mm2 | kgf/mm2 | N/mm2 | |||||
| F-8101 F-8102 F-8103 |
AM 38 | a b c |
- 19 19 |
- 185 185 |
38 |
370 |
- 25 25 |
- - 4,0 |
- - 2 h |
105_165 - - |
| F-8104 F-8105 |
AM 45 | b c |
23 23 |
225 225 |
45 |
440 |
22 22 |
- 3,0 |
- 3 h |
- - |
| F-8106 F-8107 |
AM 52 | b c |
26 26 |
255 255 |
52 |
510 |
18 18 |
- 2,5 |
- 4 h |
- - |
| F-8108 F-8109 F-8110 |
AM 60 | a b c |
- 30 30 |
- 295 295 |
- 60 |
- 590 |
- 15 15 |
- - 1,5 |
- - - |
165_220 - - |
(1) Probeta Charpy, entalladura en U (UNE 7290, probeta tipo C).
(2) h es el espesor de la probeta.
(3) Se empleará la relación P = 30 D y, siempre que sea posible, bola de 10 mm de diámetro y carga de 3.000 kgf. Norma UNE 7017 1º. R.
Los contenidos de fósforo y de azufre no serán superiores al seis por diez mil (0.06 %) y al cinco por diez mil (0,05 %), respectivamente, y la suma de ambos será como máximo del nueve por diez mil (0,09 %). Estos contenidos se refieren al análisis de colada.
Cuando se utilicen procedimientos de soldeo por resistencia, el contenido de carbono no sobrepasará el veintitrés por diez mil (0,23 %). Si se utiliza procedimiento de soldeo por fusión deberán emplearse los aceros AM 38 y AM 45 con contenido máximo de carbono del veintitrés por diez mil (0,23 %). Con contenidos de carbono superiores a los mencionados deberán tomarse precauciones especiales aprobadas por el Director de las obras.
Los aceros moldeados cumplirán las características mecánicas que se indican en la tabla 253.1
Dichas características se determinarán de acuerdo con las Normas UNE 7017, UNE 7262, UNE7277, UNE 7290 y UNE 7292, después del tratamiento térmico.
Las piezas fabricadas deberán someterse a un tratamiento térmico cuya finalidad es la eliminación de tensiones internas y el mejoramiento de la estructura.
Los valores de las características mecánicas de la tabla 253.1 se refieren al material después de haber sido sometido a este tratamiento térmico.
La recepción se realizará mediante el control de las características mecánicas y químicas del acero moldeado, según se especifique en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.
En el caso de que no se haya previsto dicho control en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, el Director podrá ordenar la toma de muestras y la ejecución de los ensayos que considere oportunos, con la finalidad de comprobar alguna de las características.
La medición y abono de este material se realizará de acuerdo con la unidad de obra de que forme parte.