(REDACCION VIGENTE DESDE LA APROBACION DEL PG-3 HASTA LA ENTRADA EN VIGOR DE LA O.M. DE 13-2-02 QUE DEROGA EL ARTICULO)
Se definen como plastificantes a emplear en hormigones, los productos que se añaden durante el amasado, con el fin de poder reducir la cantidad de agua correspondiente a la consistencia deseada.
La aceptación de un producto plastificante, así como su empleo, será decidida por el Director de las obras a la vista de los resultados de los ensayos previos cuya realización ordene. especialmente en el caso de hormigones curados al vapor.
La medición y abono de este material se realizará de acuerdo con lo indicado en la unidad de obra de que forme parte.