(REDACCION VIGENTE DESDE LA ENTRADA EN VIGOR DE LA O.C. 326/00 HASTA LA ENTRADA EN VIGOR DE LA ORDEN FOM/1382/02)
303 ESCARIFICACIÓN Y COMPACTACIÓN DEL FIRME EXISTENTE
303.1 DEFINICIÓN
Consiste en la
disgregación del firme existente, efectuada por medios mecánicos, eventual retirada o
adición de materiales y posterior compactación de la capa así obtenida.
No se considerarán
incluidos en esta unidad las operaciones de demolición del firme existente y posterior
retirada de los materiales que lo constituyen.
303.2 EJECUCIÓN DE LAS OBRAS
Se estará, en todo
caso, a lo dispuesto en la legislación vigente en materia medioambiental, de seguridad y
salud, y de almacenamiento y transporte de productos de construcción.
303.2.1 Escarificación
La escarificación se
llevará a cabo en las zonas y con la profundidad que se estipule en el Proyecto o que, en
su defecto, señale el Director de las Obras.
Los equipos de
maquinaria para la escarificación deberán ser propuestos por el Contratista y aprobados
por el Director de las Obras.
303.2.2 Retirada de productos
Los productos removidos
no aprovechables se transportarán a vertedero. Las áreas de vertedero de estos
materiales serán las definidas en el Proyecto o, en su defecto, las autorizadas por el
Director de las Obras, a propuesta del Contratista, quien se responsabilizará de los
mismos y deberá obtener, a su cargo y costa, los oportunos contratos y permisos, de los
cuales deberá entregar copia de los mismos al Director de las Obras.
303.2.3 Adición de nuevos materiales y compactación
El material de
regularización de la zona escarificada tendrá las mismas características que la capa
inmediata del nuevo firme.
Serán de aplicación
las prescripciones relativas a la unidad de obra correspondiente contenidas en el Pliego
de Prescripciones Técnicas Particulares.
Los equipos de
compactación y el grado de compactación serán los adecuados al material escarificado.
303.3 MEDICIÓN Y ABONO
Salvo que figure
expresamente en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, la escarificación y
compactación del firme existente no se abonará, considerándose incluida en la unidad
correspondiente de firme o explanación.
En el caso de que la
unidad "Escarificación y Compactación del Firme Existente" figure expresamente
en el Cuadro de Precios, ésta deberá abonarse por metros cuadrados (m2)
realmente ejecutados, medidos sobre el terreno.