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(REDACCION VIGENTE DESDE LA APROBACION DEL PG-3 HASTA LA ENTRADA EN VIGOR DE LA O.C. 294/87 A PARTIR DE LA CUAL ESTE ART�CULO PASO A SER EL 533. LA ORDEN FOM 891/2004 LO DEROGA DEFINITIVAMENTE)
Se define como simple tratamiento superficial la aplicaci�n de un ligante bituminoso sobre una superficie seguida de la extensi�n y apisonado de una capa de �rido.
La aplicaci�n consecutiva de dos simples tratamientos superficiales, en general de distintas caracter�sticas, se denomina doble tratamiento superficial.
La ejecuci�n del simple tratamiento superficial incluye las operaciones siguientes:
En el caso de ejecuci�n de un doble tratamiento superficial se realizar�n, adem�s, las siguientes:
El Pliego de Prescripciones T�cnicas Particulares fijar� el ligante bituminoso a emplear que, en general, estar� incluido entre los que a continuaci�n se indican:
Podr� mejorarse el ligante elegido mediante la adici�n de activantes, caucho, otro ligante, o cualquier otro producto sancionado por la experiencia. En tales casos, el Pliego de Prescripciones T�cnicas Particulares deber� establecer las especificaciones que tendr�n que cumplir dichas adiciones y los productos resultantes.
Los �ridos a emplear en tratamientos superficiales ser�n gravillas procedentes del machaqueo y trituraci�n de piedra de cantera o grava natural, en cuyo caso deber�n contener, como m�nimo, un setenta y cinco por ciento (75 %), en peso, de elementos machacados que presenten dos (2) o m�s caras de fractura.
El �rido se compondr� de elementos limpios, s�lidos y resistentes, de uniformidad razonable, exentos de polvo, suciedad, arcilla u otras materias extra�as.
Si el ligante que vaya a emplearse es una emulsi�n asf�ltica y los �ridos contienen polvo, se regar�n con agua, en acopio o sobre cami�n, previamente a su utilizaci�n.
En el momento de su extensi�n, el �rido no deber� contener m�s de un dos por ciento (2%) de agua libre; este l�mite podr� ser elevado al cuatro por ciento (4%) si se emplea emulsi�n asf�ltica.
Los �ridos a emplear en tratamientos superficiales ser�n de granulometr�a uniforme normal o especial.
El Pliego de Prescripciones T�cnicas Particulares fijar� el tipo de uniformidad y el huso a que deber� ajustarse la curva granulom�trica del �rido, entre los que se indican a continuaci�n:
Aridos de granulometr�a uniforme normal
Los tipos de �ridos y los husos que definen su composici�n granulom�trica ser�n los indicados en el Cuadro 532.1.
CUADRO 532.1
TIPOS | ||||||
A 25/13 | A 20/10 | A 13/7 | A 10/5 | A 6/3 | A 5/2 | |
D, tama�o m�ximo | 25 mm | 20 mm | 13 mm | 10 mm | 6 mm | 5 mm |
d, tama�o m�nimo | 13 mm | 10 mm | 7 mm | 5 mm | 3 mm | 2 mm |
M, tama�o medio | 19 mm | 15 mm | 10 mm | 7,5 mm | 4,5 mm | 3,5 mm |
CEDAZO Y TAMIZ UNE | CERNIDO PONDERAL ACUMULADO (%) | |||||
40 | 100 | |||||
25 | 90-100 | 100 | ||||
20 | 20-55 | 90-100 | 100 | |||
12,5 | 0-15 | 10-40 | 90-100 | 100 | ||
10 | - | 0-15 | 20-55 | 90-100 | 100 | |
6,3 | 0-5 | - | 0-15 | 10-40 | 90-100 | 100 |
5 | 0-5 | - | 0-15 | 20-55 | 90-100 | |
3,2 | 0-5 | - | 0-15 | 10-40 | ||
2,5 | 0-5 | - | 0-15 | |||
1,25 | 0-5 | - | ||||
0,63 | 0-5 |
Aridos de granulometr�a uniforme especial
Los tipos de �ridos y los husos que definen su composici�n granulom�trica ser�n los indicados en el Cuadro 532.2.
CUADRO 532.2
TIPOS | |||||
AE 20/10 | AE 13/7 | AE 10/5 | AE 6/3 | AE 5/2 | |
D, tama�o m�ximo | 20 mm | 13 mm | 10 mm | 6 mm | 5 mm |
d, tama�o m�nimo | 10 mm | 7 mm | 5 mm | 3 mm | 2 mm |
M, tama�o medio | 15 mm | 10 mm | 7,5 mm | 4,5 mm | 3,5 mm |
CEDAZO Y TAMIZ UNE | CERNIDO PONDERAL ACUMULADO (%) | ||||
25 | 100 | ||||
20 | 85-100 | 100 | |||
12,5 | 0-20 | 85-100 | 100 | ||
10 | 0-7 | 0-30 | 85-100 | 100 | |
6,3 | - | 0-7 | 0-25 | 85-100 | 100 |
5 | - | - | 0-7 | 0-30 | 85-100 |
3,2 | - | - | - | 0-10 | 0-25 |
2,5 | 0-2 | 0-2 | 0-2 | - | 0-10 |
1,25 | - | - | |||
0,63 | 0-2 | 0-2 |
El coeficiente de desgaste, medido por el ensayo de Los Angeles, seg�n la Norma NLT-149/72, ser� inferior a treinta (30) en el caso de �ridos de tipo A, e inferior a veinte (20) en el caso de �ridos de tipo AE.
El Indice de lajas de las distintas fracciones, determinado seg�n la Norma NLT-354/74, ser� inferior a los l�mites indicados a continuaci�n:
Fracci�n | Indice de lajas |
40 a 25 mm | inferior a 40 |
25 a 20 mm | inferior a 35 |
20 a 12,5 mm | inferior a 35 |
12,5 a 10 mm | inferior a 35 |
10 a 6,3 mm | inferior a 35 |
El Pliego de Prescripciones T�cnicas Particulares fijar� el coeficiente de pulido acelerado exigible al �rido, que en el caso de capas de rodadura para tr�fico medio o pesado y/o siempre que se empleen �ridos tipo AE ser�, como m�nimo, de cuarenta cent�simas (0,40). Esta determinaci�n se realizar� seg�n la Norma NLT-174/72.
La adhesividad con los ligantes bituminosos ser� suficiente, a juicio del Director de las obras.
Salvo que el Pliego de Prescripciones T�cnicas Particulares especifique lo contrario, se estimar� que la adhesividad es suficiente cuando el porcentaje ponderal del �rido totalmente envuelto, despu�s del ensayo de inmersi�n en agua, seg�n la Norma NLT-166/73, sea superior al noventa y cinco por ciento (95 %).
Si la adhesividad no es suficiente, no se podr� utilizar el �rido, salvo que el Pliego de Prescripciones T�cnicas Particulares o, en su defecto, el Director, lo autoricen, estipulando las condiciones de su utilizaci�n, la adici�n de activantes o la envuelta previa de los �ridos con un ligante bituminoso de baja viscosidad.
La dosificaci�n de los materiales y los tipos de ligantes a utilizar ser�n los definidos en el Pliego de Prescripciones T�cnicas Particulares. No obstante, el Director podr� modificar lo establecido en el citado Pliego cuando las circunstancias de la obra lo aconsejen y se justifique debidamente a la vista de las pruebas y ensayos realizados.
Salvo justificaci�n en contrario, para los simples tratamientos superficiales la dosificaci�n estar� comprendida entre los l�mites que se se�alan en las Tablas 532.3 y 532.4. An�logamente, para los dobles tratamientos superficiales la dosificaci�n estar� comprendida entre los l�mites que se se�alan en las Tablas 532.5 y 532.6.
TABLA 532.3
SIMPLES TRATAMIENTOS SUPERFICIALES CON ARIDOS DE GRANULOMETRIA UNIFORME NORMAL
ARIDO | LIGANTE RESIDUAL kg/m2 | ||||
Tipo | l/m2 | B 150/200 | RC 4 | RC 3 | RC 2 |
RC 5 | MC 4 | MC 3 | MC 2 | ||
MC 5 | AQ 54 | AQ 46 | AQ 38 | ||
EAR 2 | EAR 2 | EAR 1 | |||
ECR2 | ECR 2 | ECR 1 | |||
A 25/13 | 17-19 | 1,7-2,1 | 1,7-2,1 | ||
A 20/10 | 12-14 | 1,3-1,8 | 1,3-1,8 | ||
A 13/7 | 8-10 | 0,9-1,3 | 0,9-1,3 | ||
A 10/5 | 6-8 | 0,7-1,1 | 0,7-1,1 | ||
A 6/3 | 5-7 | 0,6-0,9 | |||
A 5/2 | 4-6 | 0,5-0,75 |
TABLA 532.4
SIMPLES TRATAMIENTOS SUPERFICIALES CON ARIDOS DE GRANULOMETRIA UNIFORME ESPECIAL
ARIDO | LIGANTE RESIDUAL kg/m2 | ||||
Tipo | l/m2 | B 150/200 | RC 4 | RC 3 | RC 2 |
RC 5 | MC 4 | MC 3 | MC 2 | ||
MC 5 | AQ 54 | AQ 46 | AQ 38 | ||
EAR 2 | EAR 2 | EAR 1 | |||
ECR2 | ECR 2 | ECR 1 | |||
AE 20/10 | 10-14 | 1,1-1,4 | 1,1-1,4 | ||
AE 13/7 | 8-10 | 0,8-1,2 | 0,8-1,2 | ||
AE 10/5 | 6,5-8 | 0,75-1,1 | 0,75-1,1 | ||
AE 6/3 | 5,5-7 | 0,65-0,85 | 0,65-0,85 | ||
AE 5/2 | 4,5-5,5 | 0,4-0,7 |
TABLA 532.5
DOBLES TRATAMIENTOS SUPERFICIALES CON ARIDOS DE GRANULOMETRIA UNIFORME NORMAL
ARIDO | LIGANTE RESIDUAL | |||
Tipo | l/m2 | Tipo | l/m2 | |
1� Aplicaci�n | A 25/13 | 17-19 | B 150/200 | 1,7-2,1 |
RC5 MC5 | ||||
2� Aplicaci�n | A 13/7 | 8-10 | RC4 MC4 | 1,0-1,5 |
RC3 MC3 | ||||
AQ54 AQ46 | ||||
EAR2 ECR2 | ||||
1� Aplicaci�n | A 20/10 | 12-14 | B 150/200 | 1,3-1,8 |
RC5 MC5 | ||||
RC4 MC4 | ||||
AQ54 | ||||
EAR2 ECR2 | ||||
2� Aplicaci�n | A 10/5 | 6-8 | RC3 MC3 | 0,8-1,3 |
RC2 MC2 | ||||
AQ46 AQ38 | ||||
EAR2 EAR1 | ||||
ECR2 ECR1 | ||||
1� Aplicaci�n | A 13/7 | 8-10 | RC4 MC4 | 0,9-1,3 |
RC3 MC3 | ||||
AQ54 AQ46 | ||||
EAR2 ECR2 | ||||
2� Aplicaci�n | A 6/3 | 5-7 | RC2 MC2 | 0,7-1,0 |
AQ38 | ||||
EAR1 | ||||
ECR1 |
TABLA 532.6
DOBLES TRATAMIENTOS SUPERFICIALES CON ARIDOS DE GRANULOMETRIA UNIFORME ESPECIAL
ARIDO | LIGANTE RESIDUAL | |||
Tipo | l/m2 | Tipo | l/m2 | |
1� Aplicaci�n | AE 20/10 | 10-14 | B 150/200 | 1,0-1,4 |
AQ54 | ||||
RC5 MC5 | ||||
RC4 MC4 | ||||
EAR2 ECR2 | ||||
2� Aplicaci�n | AE 10/5 | 6,5-8 | RC3 MC3 | 0,7-1,1 |
RC2 MC2 | ||||
AQ46 AQ38 | ||||
EAR2 ECR2 | ||||
EAR1 ECR1 | ||||
1� Aplicaci�n | AE 13/7 | 8-10 | RC4 MC4 | 0,8-1,2 |
RC3 MC3 | ||||
AQ54 AQ46 | ||||
EAR2 ECR2 | ||||
2� Aplicaci�n | AE 6/3 | 5,5-7 | RC3 MC3 | 0,6-0,9 |
RC2 MC2 | ||||
AQ46 AQ38 | ||||
EAR2 ECR2 | ||||
EAR1 ECR1 |
Las anteriores dosificaciones habr�n de ser consideradas en relaci�n con las condiciones de la obra. La elecci�n de dotaciones y del tipo de ligante a emplear en cada caso se har� teniendo en cuenta estas condiciones y despu�s de haber realizado en obra unos tramos de prueba en los que se hayan estudiado el tipo y dotaci�n de ligante en funci�n de su viscosidad, del estado y caracter�sticas de la superficie a tratar, del clima, del tr�fico, del �rido utilizado y de otros factores a considerar en cada caso.
En el caso de dobles tratamientos superficiales y cuando los ligantes elegidos sean de baja viscosidad, tales como emulsiones asf�lticas o betunes asf�lticos fluidificados de grado inferior a cuatro, puede autorizarse que la primera aplicaci�n de ligante se haga con la dotaci�n imprescindible para sujetar el �rido de cobertura correspondiente, debi�ndose completar la dotaci�n exigida de ligante en la segunda aplicaci�n.
Ir� montado sobre neum�ticos y deber� ser capaz de aplicar la dotaci�n de ligante especificada, a la temperatura prescrita. El dispositivo regador proporcionar� una uniformidad transversal suficiente y deber� permitir la recirculaci�n en vac�o del ligante.
El equipo estar� provisto de un veloc�metro, calibrado en metros por segundo (m/s), directamente visible por el conductor, a fin de que �ste pueda mantener la velocidad constante necesaria para conseguir una dotaci�n longitudinal uniforme.
Para puntos inaccesibles al equipo, y retoques que sea preciso hacer en la calzada, se emplear� una caldera regadora port�til provista de una lanza de mano. En el caso de que el ligante empleado haga necesario el calentamiento, deber� estar dotada de un sistema de calefacci�n por quemador de combustible l�quido.
En ambos casos, la bomba de impulsi�n del ligante deber� ser accionada por motor y estar provista de un indicador de presi�n calibrado en kilogramos fuerza por cent�metro cuadrado (kgf/cm2). Tambi�n deber� estar provisto el equipo de un term�metro para el ligante, calibrado en grados cent�grados (�C), cuyo elemento sensible no podr� estar situado en las proximidades de un elemento calentador.
Se utilizar�n extendedoras mec�nicas incorporadas a un cami�n, o autopropulsadas.
Se emplear�n preferentemente compactadores de neum�ticos de peso superior a cinco toneladas (5 t). Cuando se utilicen rodillos de llanta met�lica, deber� garantizarse que no se produzca la trituraci�n de los �ridos. Los compactadores deber�n estar provistos de dispositivos para mantener los rodillos limpios durante la compactaci�n.
Se comprobar� que la superficie sobre la que se va a efectuar el tratamiento cumple las condiciones de calidad y compactaci�n especificadas para la unidad de obra correspondiente, y no se halla reblandecida por un exceso de humedad. En caso contrario, antes de que el Director pueda autorizar la iniciaci�n de la extensi�n del ligante, deber� ser corregida, de acuerdo con el presente Pliego y el de Prescripciones T�cnicas Particulares.
Si el tratamiento se va a aplicar sobre un pavimento bituminoso antiguo, se eliminar�n los excesos de bet�n existentes en la superficie del mismo en forma de manchas negras localizadas.
En el caso de pavimentos de nueva construcci�n, la superficie de la base deber� ser tratada con un riego de imprimaci�n antes de proceder a la ejecuci�n del tratamiento superficial.
La aplicaci�n del ligante elegido se har� con la dotaci�n y a la temperatura aprobadas por el Director, de manera uniforme y evitando la duplicaci�n de la dotaci�n en las juntas transversales de trabajo. Para ello se colocar�n tiras de papel, u otro material, bajo los difusores en aquellas zonas de trabajo. Para ello se colocar�n tiras de papel, u otro material, bajo los difusores en aquellas zonas de la superficie donde comience o se interrumpa el trabajo, con objeto de que el riego pueda iniciarse o terminarse sobre ellas y los difusores funcionen con normalidad sobre la zona a tratar.
La temperatura de aplicaci�n del ligante ser� tal que su viscosidad est� comprendida entre veinticinco y cien segundos Saybolt Furol (25-100 sSF).
Se proteger�n, para evitar mancharlos de ligante, cuantos elementos constructivos o accesorios tales como bordillos, vallas, �rboles, etc, puedan sufrir ese efecto.
La extensi�n del �rido elegido se realizar� de manera uniforme, con la dotaci�n aprobada por el Director, no dejando transcurrir m�s de cinco minutos (5 min) desde la aplicaci�n del ligante bituminoso. La distribuci�n del �rido se efectuar� de manera que se evite el contacto de las ruedas de la extendedora con el ligante sin cubrir.
Cuando la aplicaci�n del ligante se realice por franjas, el �rido se extender� de forma que quede sin cubrir una banda de unos veinte cent�metros (20 cm) de la zona tratada, junto a la superficie que todav�a no lo haya sido, con objeto de que, en dicha banda, se complete la dotaci�n de ligante prevista al efectuar su aplicaci�n en la franja adyacente.
Inmediatamente despu�s de la extensi�n del �rido se proceder� a su apisonado, que se ejecutar� longitudinalmente, comenzando por el borde exterior y progresando hacia el centro, solap�ndose cada recorrido con el anterior, de acuerdo con lo que sobre el particular ordene el Director, a la vista del equipo de apisonado empleado. El apisonado se continuar� hasta obtener una superficie lisa y estable, debiendo quedar terminado antes de media hora (1/2 h) de iniciada la extensi�n.
En los lugares inaccesibles para los equipos normales, el apisonado se efectuar� mediante pisones mec�nicos u otros medios aprobados, hasta lograr resultados an�logos a los obtenidos por los procedimientos normales.
En el caso de simples tratamientos superficiales, y una vez finalizado el eventual curado del ligante, deber� eliminarse todo exceso de �rido que haya quedado suelto sobre la superficie, operaci�n que deber� continuarse durante los primeros d�as despu�s de que el tramo regado se haya abierto al tr�fico.
En el caso de dobles tratamientos superficiales, la segunda aplicaci�n del ligante elegido se realizar� con la dotaci�n y a la temperatura aprobadas por el Director y, si el tiempo lo permite, dentro de las veinticuatro horas (24 h) siguientes a la construcci�n de la primera capa.
Esta segunda aplicaci�n se har� de la misma forma que la primera, anteriormente descrita.
La segunda extensi�n y apisonado del �rido elegido se realizar�, con la dotaci�n aprobada por el Director, de la misma forma que la primera, anteriormente descrita.
Los tratamientos superficiales se realizar�n cuando la temperatura ambiente, a la sombra, sea superior a los diez grados cent�grados (10�C) y no exista fundado temor de precipitaciones atmosf�ricas. No obstante, si la temperatura ambiente tiene tendencia a aumentar, podr� fijarse en cinco grados cent�grados (5�C) la temperatura l�mite inferior.
No se realizar�n tratamientos sobre superficies mojadas, salvo que se utilicen emulsiones bituminosas o ligantes activados.
Siempre que sea posible deber� evitarse la acci�n de todo tipo de tr�fico sobre la capa reci�n ejecutada, por lo menos durante las veinticuatro horas (24 h) que sigan a su terminaci�n. Si ello no es factible, la velocidad m�xima de los veh�culos deber� reducirse a treinta kil�metros por hora (30 km/h).
La preparaci�n de la superficie existente se considerar� incluida en la unidad de obra correspondiente a la construcci�n de la capa subyacente y, por tanto, no habr� lugar a su abono por separado. Sin embargo, cuando dicha construcci�n no haya sido realizada bajo el mismo Contrato, la preparaci�n de la superficie existente constituir� una unidad independiente de los tratamientos superficiales.
Los ligantes bituminosos, incluida su extensi�n, se abonar�n por toneladas (t) realmente empleadas en obra, medidas antes de su empleo por pesada en b�scula debidamente contrastada. Si la deducci�n tuviera que hacerse a partir de su volumen, �ste deber� reducirse al correspondiente a la temperatura de veinticinco grados cent�grados (25�C) por medio de las tablas de correcci�n correspondientes a su naturaleza.
Los �ridos, incluida su extensi�n y apisonado, se abonar�n por toneladas (t) realmente empleadas en obra, medidas antes de su empleo por pesada en b�scula debidamente contrastada.