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(REDACCION DADA EN LA O.C.
297/1988.
Conforme se indica en la nota colocada en la
ORDEN FOM/891/2004 no tenemos
totalmente claro la vigencia de este art�culo)
Se define como tratamiento superficial mediante riegos con gravilla la aplicaci�n de una (1) o varias manos de un ligante hidrocarbonado sobre una superficie, complementada(s) por una (1) o varias extensiones de �rido.
Sin perjuicio de que el Pliego de prescripciones t�cnicas particulares prevea otros tipos sancionados por la experiencia, distinguir�n los siguientes tres (3) tipos de riego con gravilla:
El Pliego de prescripciones t�cnicas particulares fijar� el ligante hidrocarbonado a emplear.
Podr� mejorarse el ligante mediante la adici�n de activantes, polimeros o cualquier otro producto sancionado por la experiencia. En tales casos el Pliego de prescripciones t�cnicas particulares o, en su defecto, el Director de las obras deber� establecer el tipo de adici�n y las especificaciones que deber� cumplir el ligante mejorado.
Los �ridos se obtendr�n triturando piedra de cantera o grava natural, y se producir�n o suministrar�n en fracciones granulom�tricas diferenciadas, las cuales se acopiar�n y manejar�n por separado.
El Pliego de prescripciones t�cnicas establecer� la proporci�n m�nima de part�culas que presenten dos (2) o m�s caras de fractura, seg�n la norma NLT 358/87.
El �rido deber� estar exento de terrones de arcilla, materia vegetal, marga u otras materias extra�as. Su coeficiente de limpieza, seg�n la norma NLT-172/86, deber� ser inferior al limite fijado por el Pliego de prescripciones t�cnicas particulares. De no cumplirse esta prescripci�n el Director de las obras podr� exigir el lavado del �rido y una nueva comprobaci�n.
El m�ximo valor del coeficiente de desgaste Los Angeles del �rido grueso, seg�n la norma NLT-149/72, ser� fijado por el Pliego de prescripciones t�cnicas particulares.
El m�nimo valor del coeficiente de pulido acelerado, seg�n las normas NLT-174/72 y NLT-175/72, ser� fijado por el Pliego de prescripciones t�cnicas particulares.
El �ndice de lajas, seg�n la norma NLT-354/74, ser� inferior al valor fijado en el Pliego de prescripciones t�cnicas particulares.
Salvo especificaci�n contraria del Pliego de prescripciones t�cnicas particulares, se considerar� que la adhesividad es suficiente cuando simult�neamente:
Podr� mejorarse la adhesividad del �rido elegido mediante activantes o cualquier otro producto sancionado por la experiencia, o mediante m�todos tales como su precalentamiento o su pre-envuelta con un ligante hidrocarbonado. En tales casos, el Pliego de prescripciones t�cnicas particulares o, en su defecto, el Director de las obras establecer� el tipo de adici�n o las especificaciones que tendr�n que cumplir dichos m�todos y, en todo caso, las correspondientes a los �ridos resultantes.
En el momento de su extensi�n la humedad del �rido no deber� ser tal, que perjudique su adhesividad con el ligante bituminoso empleado.
El Pliego de prescripciones t�cnicas particulares fijar� el huso al que deber� ajustarse la curva granulom�trica del �rido, de entre los que se indican en las tablas 533.1 y 533.2.
TABLA 533.1
GRANULOMETRIA NORMAL
CEDAZOS Y TAMICES UNE | CERNIDO PONDERAL ACUMULADO (% en masa) | ||||
A 20/10 | A 13/7 | A 10/5 | A 6/3 | A 5/2 | |
25 | 100 | ||||
20 | 90-100 | 100 | |||
12,5 | 0-30 | 90-100 | 100 | ||
10 | 0-15 | 20-55 | 90-100 | 100 | |
6,3 | - | 0-15 | 10-40 | 90-100 | 100 |
5 | 0-5 | - | 0-15 | 20-55 | 90-100 |
3,2 | - | 0-5 | - | 0-15 | 10-40 |
2,5 | - | - | 0-5 | - | 0-15 |
1,25 | - | - | - | 0-5 | - |
630 mm | - | - | - | - | 0-5 |
TABLA 533.2
GRANULOMETRIA ESPECIAL
CEDAZOS Y TAMICES UNE | CERNIDO PONDERAL ACUMULADO (% en masa) | ||||
AE 20/10 | AE 13/7 | AE 10/5 | AE 6/3 | AE 5/2 | |
25 | 100 | ||||
20 | 85-100 | 100 | |||
12,5 | 0-20 | 85-100 | 100 | ||
10 | 0-7 | 0-30 | 85-100 | 100 | |
6,3 | - | 0-7 | 0-25 | 85-100 | 100 |
5 | 0-2 | - | 0-7 | 0-30 | 85-100 |
3,2 | - | 0-2 | 0-10 | 0-25 | |
2,5 | 0-2 | - | 0-10 | ||
1,25 | 0-2 | ||||
630 mm | 0-2 |
El Pliego de prescripciones t�cnicas particulares establecer�:
El tratamiento superficial mediante riegos con gravilla deber� tener un aspecto y textura uniformes, estar exento de defectos localizados como exudaciones de ligante y desprendimientos de �ridos. La textura conseguida deber� proporcionar un coeficiente de resistencia al deslizamiento, seg�n la norma NLT-175/73, no inferior a sesenta y cinco cent�simas (0,65).
Ir� montado sobre neum�ticos y deber� ser capaz de aplicar la dotaci�n de ligante especificada, a la temperatura aprobada por el Director de las obras. El dispositivo regador proporcionar� una adecuada uniformidad transversal, a juicio del Director de. las obras, y deber� permitir la recirculaci�n en vac�o del ligante.
Para puntos inaccesibles al equipo y para retoques se podr� emplear una lanza de mano, aprobada por el Director de las obras.
Si fuere necesario calentar el ligante, el equipo estar� dotado de un adecuado sistema de calefacci�n de la cisterna, la cual deber� estar, calorifugada. En todo caso, la bomba de impulsi�n del ligante deber� estar provista de un indicador de presi�n. Tambi�n deber� estar provisto el equipo de un term�metro para el ligante, cuyo elemento sensor no podr� estar situado en las proximidades de un un elemento calentador, y de un veloc�metro directamente visible por el conductor.
Previamente a la aplicaci�n del ligante hidrocarbonado se comprobar� el estado de los difusores del equipo, asegur�ndose el Director de las obras de que su funcionamiento es correcto, el �ngulo de inclinaci�n y la altura sobre el pavimento son los adecuados, y no existen obstrucciones, fugas, ni goteos.
Se utilizar�n extendedoras mec�nicas, incorporadas a un cami�n o autopropulsadas, seg�n indique el Pliego de prescripciones t�cnicas particulares. En cualquier caso, el equipo utilizado proporcionar� una adecuada y homog�nea repartici�n del �rido.
Se emplear�n preferentemente compactadores de neum�ticos: el Director de las obras fijar� la presi�n de inflado. S�lo como compactadores auxiliares en riegos monocapa doble engravillado o bicapa, y previa autorizaci�n del Director de las obras, podr�n utilizarse rodillos ligeros de llanta met�lica, cuidando de que no se produzca la rotura del �rido.
El numero de compactadores ser� suficiente para efectuar el apisonado de manera continua, sin interrupciones ni retrasos.
Todos los tipos de compactadores deber�n ser autopropulsados y estar dotados de dispositivos para la limpieza de sus llantas o neum�ticos durante la compactaci�n, as� como de inversores de marcha de acci�n suave. Se cuidar� de que todos los elementos de apisonado est�n limpios.
En lugares inaccesibles para los compactadores se emplear�n pisones mec�nicos u otros medios aprobados previamente por el Director de las obras, los cuales deber�n lograr resultados an�logos a los obtenidos por aqu�llos.
Se emplear�n barredoras mec�nicas de cepillo, dotadas o no de un dispositivo de aspiraci�n, recomend�ndose lo primero en zona urbana y en v�as de elevada velocidad de circulaci�n.
Podr�n utilizarse escobas de mano en los lugares inaccesibles a los equipos mec�nicos.
El riego con gravilla no deber� iniciarse hasta que se haya aprobado por el Director de las obras la correspondiente f�rmula de trabajo, la cual se�alar�:
Las dotaciones de cada mano de ligante hidrocarbonado, de cada fracci�n de �rido y, en su caso, de las adiciones deber�n fijarse bas�ndose principalmente en la experiencia obtenida en casos an�logos, y a la vista de:
Si la marcha de las obras lo aconseja, el Director de las obras podr� corregir la f�rmula de trabajo, justific�ndolo debidamente mediante un nuevo estudio y los ensayos oportunos. Se estudiar� y aprobar� otra f�rmula de trabajo en el caso de que var�e la procedencia de alguno de los componentes del riego con gravilla.
Se comprobar�n la regularidad superficial y estado de la superficie sobre la que se vaya a efectuar el riego con gravilla. El Pliego de prescripciones t�cnicas particulares o, en su defecto, el Director de las obras deber� indicar las medidas encaminadas a restablecer una regularidad superficial aceptable y, en su caso, reparar las zonas da�adas.
En el caso de que dicha superficie estuviera constituida por un pavimento hidrocarbonado heterog�neo se deber�n, adem�s, eliminar los excesos de ligante y sellar las zonas demasiado permeables, seg�n las instrucciones del Director de las obras. Si la superficie fuera granular o tratada con conglomerantes hidr�ulicos, sin pavimento hidrocarbonado, se ejecutar� un riego de imprimaci�n seg�n el articulo 530 del presente Pliego. Si la superficie fuera de hormig�n compactado, el Pliego de prescripciones t�cnicas particulares podr� prever o, en su defecto, el Director de las obras ordenar la ejecuci�n de un riego de imprimaci�n seg�n el articulo 530 del presente Pliego. Si la superficie fuera de hormig�n vibrado no ser�n necesarios riegos previos.
Inmediatamente antes de proceder a aplicar la primera o �nica mano del ligante hidrocarbonado se limpiar� la superficie que haya de recibirlo de polvo, suciedad, barro seco, materia suelta o que pueda ser perjudicial, por medio de agua a presi�n o con un en�rgico barrido. Se cuidar� especialmente de limpiar los bordes de la zona a tratar, sobre todo junto a eventuales acopios de �ridos que deber�n, si es preciso, ser retirados antes del barrido para no entorpecerlo y evitar su contaminaci�n.
El �rido se almacenar� en acopios. Donde �stos se dispongan sobre terreno natural, no se utilizar�n sus quince cent�metros (15 cm) inferiores. Se tomar�n las medidas oportunas para evitar su segregaci�n y contaminaci�n.
Cuando se detecten anomal�as en el suministro de los �ridos se acopiar�n por separado hasta confirmar su aceptabilidad. Esta misma medida se aplicar� cuando se autorice el cambio de procedencia del �rido.
El Pliego de prescripciones t�cnicas particulares o, en su defecto, el Director de las obras fijar� el volumen m�nimo de acopios exigible.
La aplicaci�n del ligante hidrocarbonado se har� con la dotaci�n y a la temperatura previstas en la f�rmula de trabajo. de manera uniforme y evitando la duplicaci�n de la dotaci�n en las juntas transversales de trabajo. Para ello se colocar�n tiras de papel u otro material bajo los difusores en aquellas zonas de la superficie donde comience o se interrumpa el riego.
Se proteger�n, para evitar mancharlos de ligante, cuantos elementos constructivos o accesorios tales corno bordillos, vallas, balizas, �rboles, etc., puedan sufrir este efecto.
La extensi�n del �rido se realizar� de manera uniforme y con la dotaci�n prevista en la f�rmula de trabajo, de manera que se evite el contacto de las ruedas del equipo de extensi�n con el ligante sin cubrir. Salvo que el equipo para la aplicaci�n del ligante hidrocarbonado tuviera dispositivos para asegurar la uniformidad de su reparto transversal junto a los bordes, donde aqu�lla se realice por franjas el �rido se extender� de forma que quede sin cubrir una banda de unos veinte cent�metros (20 cm) de la franja regada junto a la que todav�a no lo haya sido, para conseguir un ligero solape al aplicar el ligante en esta ultima.
En los riegos monocapa doble engravillado o bicapa, los excesos de dotaci�n de �rido podr�n dar lugar al rechazo del trabajo ejecutado.
Inmediatamente despu�s de la extensi�n del primer �rido, en riegos bicapa se proceder� a su apisonado; en riegos monocapa doble engravillado, se proceder� a un apisonado auxiliar siempre que lo ordene el Director de las obras. El apisonado se ejecutar� longitudinalmente comenzando por el borde inferior, progresando hacia el centro y solap�ndose cada pasada con la anterior.
En el caso de riegos con gravilla bicapa, la segunda mano de ligante hidrocarbonado se aplicar�, con la dotaci�n y a la temperatura aprobadas previstas en la f�rmula de trabajo, de la misma forma que la primera.
En el caso de riegos con gravilla bicapa o monocapa doble engravillado, la segunda extensi�n y apisonado del �rido se realizar�n, con la dotaci�n prevista en la f�rmula de trabajo, de la misma forma que la primera.
Inmediatamente despu�s de la extensi�n del ultimo �rido se proceder� a su apisonado, que se ejecutar� longitudinalmente, comenzando por el borde inferior, progresando hacia el centro y solap�ndose cada pasada con la anterior hasta obtener una superficie lisa y estable.
El apisonado mediante compactadores se complementar� con el trabajo manual necesario para la correcci�n de todos los defectos e irregularidades que se puedan presentar.
Una vez terminado el apisonado del �rido, y transcurrido el plazo necesario para que el ligante utilizado en el riego alcance una cohesi�n suficiente, a juicio del Director de las obras, para resistir la acci�n de la circulaci�n normal de veh�culos, deber� eliminarse todo exceso de �rido que haya quedado suelto sobre la superficie antes de permitir dicha circulaci�n. La forma en que se efect�e esta eliminaci�n deber� ser fijada por el Director de las obras.
En los quince (15) d�as siguientes a la apertura a la circulaci�n, y salvo orden en contrario del Director de las obras, se realizar� un barrido definitivo del �rido que no est� adherido.
Siempre que lo establezca el Pliego de prescripciones t�cnicas particulares se realizar� un tramo de prueba previamente al tratamiento superficial mediante riegos con gravilla. Para ello se construir�n una (1) o varias secciones de ensayo, de anchura y longitud adecuadas, y en ellas se comprobar� la dotaci�n definitiva de ligante hidrocarbonado y �rido, as� como el funcionamiento de los equipos para la aplicaci�n del ligante, la extensi�n del �rido, su apisonado y barrido.
El Director de las obras determinar� si es aceptable la realizaci�n del tramo de prueba como parte integrante de la obra en construcci�n.
A la vista de los resultados obtenidos, el Director de las obras definir�:
En el segundo caso, el Constructor deber� proponer nuevos equipos, o incorporar equipos suplementarios o sustitutorios, o deber� modificarse la f�rmula de trabajo.
Los tratamientos superficiales mediante riegos con gravilla se realizar�n cuando la temperatura ambiente sea superior a diez grados (10�C) y no exista fundado temor de precipitaciones atmosf�ricas. No obstante, si la temperatura ambiente tuviera tendencia a aumentar o el ligante hidrocarbonado empleado no fuera un bet�n asf�ltico, el l�mite anterior podr� rebajarse a cinco grados (5�C).
No se realizar�n riegos con gravilla sobre superficies mojadas, salvo que se utilicen emulsiones bituminosas, ligantes mejorados, o activantes.
La extensi�n del �rido deber� realizarse antes de que haya transcurrido, desde la aplicaci�n del ligante hidrocarbonado, el plazo m�ximo fijado por el Director de las obras. El apisonado del �rido deber� quedar terminado antes de veinte (20) minutos de iniciada su extensi�n si el ligante utilizado fuera bet�n asf�ltico, o treinta (30) minutos si fuera emulsi�n bituminosa o bet�n fluxado.
La segunda mano de ligante hidrocarbonado se aplicar� inmediatamente despu�s de extendido y, en su caso, apisonado el primer �rido.
Siempre que sea posible deber� evitarse la circulaci�n sobre un tratamiento superficial reci�n ejecutado, por lo menos durante las veinticuatro horas (24 h) que sigan a su terminaci�n. Si ello no fuera factible, deber� limitarse la velocidad a cuarenta kil�metros por hora (40 km/h), y avisar del peligro representado por la proyecciones de �rido.
El ligante hidrocarbonado empleado en tratamientos superficiales mediante riegos con gravilla se abonar� por toneladas (t), deducidas como producto de la superficie tratada, medida sobre el terreno con arreglo a la secci�n-tipo de los Planos, por la dotaci�n media de ligante, deducida de los ensayos de control. El abono incluir� el de la preparaci�n de la superficie existente y el de la aplicaci�n del ligante hidrocarbonado.
Los �ridos empleados en tratamientos superficiales mediante riegos con gravilla se abonar�n por toneladas (t), deducidas como producto de la superficie tratada, medida sobre el terreno con arreglo a la secci�n-tipo de los Planos, por la dotaci�n media de cada �rido, deducida de los ensayos de control. El abono incluir� el de su extensi�n, apisonado y eliminaci�n del �rido no adherido.
El suministrador del ligante hidrocarbonado y, en su caso, de las adiciones deber� proporcionar un certificado de calidad, en el que figuren su tipo y denominaci�n, as� como la garant�a de que cumple las condiciones exigidas en el articulo correspondiente de los Pliegos de prescripciones t�cnicas o, en su caso por el Director de las obras.
De cada procedencia del �rido y para cualquier volumen de producci�n previsto se tomar� un m�nimo de cuatro (4) muestras, seg�n la norma NLT-148/72, y de cada una de ellas se determinar�:
El Director de las obras podr� ordenar la repetici�n de estos ensayos sobre nuevas muestras, siempre que sospeche variaciones en el material, y la realizaci�n de los siguientes ensayos adicionales:
El Director de las obras comprobar�, adem�s, la retirada de la eventual montera en la extracci�n de los �ridos, la exclusi�n de la misma de vetas no utilizables, y la adecuaci�n de los sistemas de trituraci�n y clasificaci�n.
Por cada cuarenta toneladas (40 t), o por cada partida suministrada si �sta fuere de menor cantidad, de ligante hidrocarbonado se tomar�n muestras seg�n la norma NLT-121/86 y se realizar�n los siguientes ensayos:
a) Si el ligante hidrocarbonado fuera una emulsi�n bituminosa:
b) Si el ligante hidrocarbonado fuera un bet�n asf�ltico:
c) Si el ligante hidrocarbonado fuera un bet�n fluxado:
Por cada setenta toneladas (70 t), o fracci�n, de �rido de cada procedencia aceptada se realizar�n los siguientes ensayos:
Por cada mil quinientas toneladas (1500 t), o fracci�n, de �rido de cada procedencia aceptada se realizar�n los siguientes ensayos:
Con independencia de lo anteriormente establecido, cuando el Director de las obras lo estime conveniente se llevar�n a cabo las series de ensayos necesarios para la comprobaci�n de las dem�s caracter�sticas rese�adas en los Pliegos de prescripciones t�cnicas.
Se considerar� como "lote", que se aceptar� o rechazar� en bloque, al menor que resulte de aplicar los tres (3) criterios siguientes:
El Director de las obras podr� autorizar la modificaci�n de la definici�n de "lote" como la superficie tratada por una (1) sola carga del equipo para la aplicaci�n del ligante hidrocarbonado o del �rido.
Las dotaciones de ligante hidrocarbonado y �ridos se comprobar�n mediante el pesaje de bandejas o chapas met�licas, u hojas de papel u otro material, colocadas sobre la superficie del lote durante la ejecuci�n del tratamiento superficial en no menos de cinco (5) puntos aleatoriamente situados de forma que haya al menos uno (1) por cada hect�metro (hm). En cada una de estas bandejas, chapas u hojas se determinar� la dosificaci�n de ligante residual, seg�n la norma NLT-353/86. El Director de las obras podr� autorizar la comprobaci�n de las dotaciones medias de ligante hidrocarbonado y �ridos por otros medios
En otros cinco (5) puntos del lote, situados aleatoriamente de forma que haya al menos uno por hect�metro (1/hm), se realizar�n ensayos de resistencia al deslizamiento, seg�n la norma NLT-175/73, despu�s de dos (2) meses de ejecutado el tratamiento superficial.
La dotaci�n media, tanto de ligante residual como de �ridos, del tratamiento superficial mediante riegos con gravilla no deber� diferir de la prevista en la f�rmula de trabajo en m�s de un quince por ciento (15 %). No m�s de un (1) individuo de la muestra ensayada podr� presentar resultados que excedan de los limites fijados en dicha f�rmula.
El resultado medio del ensayo de resistencia al deslizamiento no deber� ser inferior al valor previsto en el Pliego de prescripciones t�cnicas particulares. No m�s de un (1) individuo de la muestra ensayada podr� presentar resultados inferiores a dicho valor en m�s de cinco cent�simas (0,05).
El Director de las obras determinar� las medidas a adoptar con los lotes que no cumplan los criterios anteriores.
El Pliego de prescripciones t�cnicas particulares podr� prever tipos de riego con gravilla, sancionados por la experiencia, distintos de los que distingue el Pliego de prescripciones t�cnicas generales.
La utilizaci�n de riegos con gravilla para las categor�as de tr�fico pesado T0, T1 y T2 previstas en la Norma 6.1-IC exigir� que en el Pliego de prescripciones t�cnicas particulares se extremen las exigencias en relaci�n con calidad de materiales, equipo y ejecuci�n.
El tipo de ligante hidrocarbonado a emplear fijado por el Pliego de prescripciones t�cnicas particulares, salvo justificaci�n en contrario, deber� estar incluido entre los que a continuaci�n se indican:
Se recomienda elegir el ligante hidrocarbonado en funci�n de la categor�a de tr�fico pesado prevista en la Norma 6.1-IC, seg�n la tabla 533.1P.
TABLA 533.1P
TIPO DE LIGANTE HIDROCARBONADO | CATEGORIA DE TRAFICO PESADO | |
T2 | T3, T4 y arcenes | |
Betunes asf�lticos | - | B 150/200 |
Betunes fluxados | - | FX 175 y FX 200 |
Emulsiones cationicas | ECR1, ECR2 y ECR3 | |
Emulsiones anionicas | EAR1 y EAR2 |
NOTA: En las zonas clim�ticas c�lidas definidas en la norma 6.1-IC se recomienda el empleo de emulsiones bituminosas con residuos de destilaci�n m�s duros (letra d).
En v�as de categor�a de tr�fico pesado T0 y T1 se recomienda el empleo de ligantes hidrocarbonados de reologia modificada. En este caso el Pliego de prescripciones t�cnicas particulares especificar� sus caracter�sticas.
En el caso de que se mejore el ligante mediante la adici�n de activantes, polimeros o cualquier otro producto sancionado por la experiencia, el Pliego de prescripciones t�cnicas particulares o, en su defecto, el Director de las obras establecer� el tipo de adici�n y las especificaciones que deber� cumplir el ligante mejorado.
En funci�n de las categor�as de tr�fico pesado previstas en la Norma 6.1-IC, el Pliego de prescripciones t�cnicas particulares fijar� a la proporci�n de part�culas del �rido que presenten dos (2) o m�s caras de fractura los limites reflejados en la tabla 533.2P:
TABLA 533.2P
PROPORCION MINIMA (%) DE PARTICULAS CON DOS O MAS CARAS DE FRACTURA (NLT-358/87) |
CATEGORIA DE TRAFICO PESADO | ||
T0 y T1 | T2 | T3, T4 y arcenes | |
100 | 90 | 75 |
En funci�n de las categor�as de tr�fico pesado previstas en la Norma 6.1-IC, el Pliego de prescripciones t�cnicas particulares fijar� al coeficiente de limpieza del �rido los limites reflejados en la tabla 533.3P:
TABLA 533.3P
VALOR MAXIMO DEL COEFICIENTE DE LIMPIEZA (NLT-176/86) | CATEGORIA DE TRAFICO PESADO | |
T0 y T1 | T2, T3, T4 y arcenes | |
0,5 | 1,0 |
En funci�n de las categor�as de tr�fico pesado previstas en la Norma 6.1-IC, el Pliego de prescripciones t�cnicas particulares fijar� a la calidad del �rido los limites reflejados en la tabla 533.4P.
En funci�n de las categor�as de tr�fico pesado previstas en la Norma 6.1-IC, el Pliego de prescripciones t�cnicas particulares fijar� al �ndice de lajas los limites reflejados en la tabla 533.5P.
TABLA 533.4P
CALIDAD | CATEGORIA DE TRAFICO PESADO | |||
T0 | T1 | T2 | T3 y T4 | |
COEFICIENTE MAXIMO DESGASTE LOS ANGELES (NLT-149/72) | 15 | 20 | 30 | |
COEFICIENTE MINIMO PULIDO ACELERADO (NLT-174/72) | 0,50 | 0,45 | 0,40 |
NOTA: Estas condiciones no ser�n exigibles en arcenes.
TABLA 533.5P
VALOR MAXIMO DEL INDICE DE LAJAS NLT-354/74) |
CATEGORIA DE TRAFICO PESADO | ||
T0 y T1 | T2 | T3, T4 y arcenes | |
20 | 25 | 30 |
El Pliego de prescripciones t�cnicas particulares podr� modificar las prescripciones sobre adherencia del �rido que figuran en el de prescripciones t�cnicas generales, justific�ndolo debidamente.
Si se mejorase la adhesividad del �rido elegido mediante activantes o cualquier otro producto sancionado por la experiencia, o mediante m�todos tales como su precalentamiento o su pre-envuelta con un ligante hidrocarbonado, el Pliego de prescripciones t�cnicas particulares o, en su defecto, el Director de las obras establecer� el tipo de adici�n o las especificaciones que tendr�n que cumplir dichos m�todos y, en todo caso, las correspondientes a los �ridos resultantes: estas �ltimas no deber�n ser menos exigentes que las prescripciones del Pliego de prescripciones t�cnicas generales.
El Pliego de prescripciones t�cnicas particulares fijar� el huso al que deber� ajustarse la curva granulom�trica del �rido, de entre los que se indican en las tablas 533.1 y 533.2 del Pliego de prescripciones t�cnicas generales. Los �ridos de granulometria uniforme especial, al ser de mejor calidad, deber�n emplearse obligatoriamente para las categor�as de tr�fico pesado T0 y T1 previstas en la norma 6 .1-IC.
El Pliego de prescripciones t�cnicas particulares establecer�:
Salvo justificaci�n en contrario, las dotaciones medias fijadas por el Pliego de prescripciones t�cnicas particulares y reflejadas en las Mediciones del Presupuesto ser�n las se�aladas en las tablas 533.6P, 533.7P y 533.8P.
TABLA 533.6P
RIEGOS CON GRAVILLA MONOCAPA
ARIDO | LIGANTE HIDROCARBONADO | ||||
TIPO | DOTACION (*) (l/m2) | B
150/200 FX 350 |
FX
175 ECR 3 |
EAR2-ECR2 ECR 3 |
EAR
1 ECR 1 |
DOTACION DE LIGANTE RESIDUAL (kg/m2) | |||||
A 20/10 | 12-14 | 1,4 | - | ||
A 13/7 | 8-10 | - | 1,1 | - | |
A 10/5 | 6-8 | - | 0,8 | ||
A 6/3 | 5-7 | - | 0,6 | ||
A 5/2 | 4-6 | - | 0,5 | ||
AE 20/10 | 12-14 | 1,4 | - | ||
AE 13/7 | 8-10 | - | 1,1 | - | |
AE 10/5 | 6-8 | - | 0,8 | ||
AE 6/3 | 5-7 | - | 0,6 |
(*) NOTA: Se tender� al limite superior del intervalo cuanto mejor sea la forma del �rido y mayor su tama�o medio dentro del huso; y al l�mite inferior en caso contrario.
TABLA 533.7P
RIEGOS CON GRAVILLA MONOCAPA DOBLE ENGRAVILLADO
APLICACION | ARIDO | LIGANTE | ||
TIPO | DOTACION (*) (l/m2) | TIPO | DOTACION RESIDUAL (kg/m2) | |
1� | AE 13/7 | 7-9 | FX-350 ECR-3 |
1,1 |
2� | AE 5/2 | 4-6 | ||
1� | AE 20/10 | 11-13 | FX-350 B 150/200 |
1,6 |
2� | AE 6/3 | 5-7 |
(*) NOTA: Se tender� al l�mite superior del intervalo cuanto mejor sea la forma del �rido y mayor su tama�o medio dentro del huso; y al limite inferior en caso contrario.
TABLA 533.8P
RIEGOS CON GRAVILLA BICAPA
APLICACION | ARIDO | LIGANTE | ||
TIPO | DOTACION (*) (l/m2) | TIPO | DOTACION RESIDUAL (**) (kg/m2) | |
1� 2� |
A 20/10 A 6/3 |
12-14 5-7 |
FX-350 FX-175 EAR2 ECR2 ECR3
|
1,4 0,7 |
1� 2� |
A 13/7 A 5/2 |
8-10 4-6 |
1,0 0,5 |
|
1� 2� |
AE 20/10 AE 6/3 |
12-14 5-7 |
1,4 0,7 |
|
1� 2� |
AE 13/7 AE 5/2 |
8-10 4-6 |
1,0 0,5 |
|
1� 2� |
AE 10/5 AE 5/2 |
6-8 4-6 |
EAR1 EAR2 ECR1 ECR2 ECR3 |
0,7 0,5 |
(*) NOTA: Se tender� al l�mite superior del intervalo cuanto mejor sea la forma del �rido y mayor su tama�o medio dentro del huso; y al limite inferior en caso contrario.
(**) NOTA: Previa justificaci�n, podr� disminuirse la dotaci�n de la primera mano y aumentarse la de la segunda, llegando incluso a invertir ambas dotaciones (riego inverso) siempre que se mantenga su suma.
Las dotaciones dadas por la tablas 533.6P, 533.7P y 533.8P podr�n corregirse a la vista de la experiencia obtenida en casos an�logos, y de:
Si las variaciones acumuladas de la dotaci�n de ligante residual rebasaran el 20 %, deber� considerarse la necesidad de proceder a un riego de imprimaci�n o adherencia sobre la superficie subyacente, o de cambiar de tratamiento.
El Pliego de prescripciones t�cnicas particulares preconizar� preferentemente el empleo de extendedoras autopropulsadas en v�as con categor�a de tr�fico pesado T0, T1 y T2 de las previstas en la Norma 6.1-IC.
El Pliego de prescripciones t�cnicas particulares o, en su defecto, el Director de las obras deber� indicar las medidas encaminadas a restablecer una regularidad superficial aceptable y, en su caso, reparar las zonas da�adas de la superficie sobre la que se vaya a realizar el riego con gravilla.
Si dicha superficie fuera de hormig�n compactado y se previera que, una vez eliminado el riego de curado, su textura resultara an�loga a la de una grava-cemento (por ejemplo, por realizarse el tratamiento superficial mediante riegos con gravilla antes de que el hormig�n compactado haya alcanzado la resistencia especificada) el Pliego de prescripciones t�cnicas particulares podr� prever o, en su defecto, el Director de las obras ordenar la ejecuci�n de un riego de imprimaci�n con arreglo al articulo 530 del Pliego de prescripciones t�cnicas generales.
El Pliego de prescripciones t�cnicas particulares o, en su defecto, el Director de las obras fijar� el volumen m�nimo de acopios exigible seg�n con las caracter�sticas de la obra y la superficie total a tratar. Salvo justificaci�n en contrario, no deber� ser inferior al 50 % del total.
En los tratamientos superficiales mediante riegos con gravilla de superficie mayor de setenta mil metros cuadrados (70 000 m2) el Pliego de prescripciones t�cnicas particulares exigir� la realizaci�n previa de un tramo de prueba previamente al tratamiento superficial.