Los accesos de las propiedades colindantes a las carreteras de clase C-100 y C-80, con una IMD < 5000 en el año horizonte de proyecto, se efectuarán a través de vías de servicio.
Las vías de servicio se comunicarán con el tronco de las carreteras C-100 y C-80 a través de los posibles enlaces, intersecciones o mediante conexiones específicas.
Las vías de servicio no se podrán conectar a los ramales de enlaces o intersecciones ni a sus vías colectoras-distrlbuidoras.
Las conexiones específicas de las vías de servicio con las carreteras C-100 y C-80 cumplirán las siguientes condiciones:
- La distancia (figura 7.13 a) entre la sección característica final del carril de aceleración de un ramal de intersección, enlace o vía colectora-distribuidora o acceso de vía de servicio y la sección característica inicial del carril de deceleración de una vía de servicio posterior será-como mínimo de quinientos metros (500 m).
- La distancia (figura 7.13 a) entre la sección característica final del carril de aceleración de una vía de servicio y la sección característica inicial del carril de deceleración de un ramal de enlace, intersección o vía colectora-distribuidora o acceso a vía de servicio posterior será como mínimo de quinientos metros (500 m).
- La distancia (figura 7.13 b) entre la sección característica final del carril de deceleración de una vía de servicio y la sección característica inicial del carril de deceleración del ramal de un enlace, intersección o vía colectora-distribuidora o acceso a vía de servicio posterior será como mínimo de quinientos metros (500 m).
- La distancia (figura 7.13 c) entre la sección característica final del carril de aceleración de un ramal de enlace, intersección o vía colectora-distribuidora o acceso de vía de servicio y la sección característica inicial del carril de aceleración de una vía de servicio posterior será como mínimo de quinientos metros (500 m).
- La distancia entre la sección característica final del carril de deceleraclón de una vía de servicio y la primera conexión o acceso a dicha vía será como mínimo de ciento veinticinco metros (125 m).
- La distancia entre la última conexión o acceso a una vía de servicio y la sección característica inicial del carril de aceleración de dicha vía será como mínimo de ciento veinticinco metros (125 m).
- La distancia entre la sección característica final de un carril de deceleración y la sección característica inicial de un carril de aceleración posterior será como mínimo de ciento veinticinco metros (125 m).