LEY  5/90, de 24 de mayo, DE CARRETERAS DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE LAS ISLAS BALEARES
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Art. 15.

1. El proyecto de trazado es la parte del proyecto de construcción que contiene los aspectos geométricos de éste, así como la definición concreta de los bienes, y derechos afectados.

2. El proyecto de trazado comprenderá como mínimo:

3. En un documento separado para uso exclusivo y reservado de la Administración, se incluirá el cálculo de la valoración de las expropiaciones precisas.

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