REGLAMENTO DE LA LEY DE CARRETERAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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Artículo 35.-

1. El proyecto de trazado es la parte del proyecto de construcción que contiene los aspectos geométricos del mismo, así como la definición concreta de los bienes y derechos afectados, los centros de población, producción o enlace con otros medios de transporte a los que afecte dicha vía, con su justificación técnica correspondiente (artículo 21.1.e de la LC).

2. El proyecto de trazado comprenderá:

3. En documento separado, se incluirá el cálculo de la valoración de las expropiaciones precisas, y de las servidumbres y servicios afectados en su caso.

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