APARTADO CONGELADO
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Cláusula 24. Obligaciones de los titulares de las licencias.-

Los titulares de las licencias están obligados al cumplimiento fiel y exacto de los términos de la licencia con pleno respeto a los derechos y libertades reconocidos en la Constitución. Serán obligaciones de los titulares:

El otorgamiento de la licencia no exime a su titular del cumplimiento de las demás obligaciones a las que venga obligado por otras normas.

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